¿CÓMO SANAR LA CULPA?

XVIII Jornada del Servei d’Atenció Espiritual i Religiosa (SAER)

Parc Sanitari de Sant Joan de Déu.


Ponencia de Jaume Cardona

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Como veis he utilizado, para empezar mi exposición, la escena de “la expulsión del paraíso” de Miguel Ángel, puesto que, dentro de la tradición judeocristiana, la podemos considerar como una escena primigenia en la que encontramos la primera declaración de culpabilidad (por haber violado la alianza que Yahvé impuso de no tomar fruto del árbol del conocimiento del bien y del mal) con su correspondiente castigo (la expulsión del paraíso). He querido utilizar su imagen puesto que nos va a servir para introducir tres conceptos que cabe diferenciar bien para comprender la culpa, como son la culpa propiamente y el sentimiento de culpa, así como también el papel del castigo.

 

1. Culpa, sentimiento de culpa y castigo.

 

Como decía, cabe diferenciar bien estos dos conceptos para comprender el fenómeno de la culpa, así como de su relación con el castigo. Efectivamente, sobre la culpa propiamente dicha la podemos definir como el darse cuenta o ser consciente cognitivamente de que se ha hecho algo que no está bien (o que está mal), mientras que el sentimiento de culpa sucede a nivel emocional, es decir, que se trata de un darse cuenta o un ser consciente de un dolor o malestar interiores por haber hecho algo que se valora como negativo, y que uno mismo valora propiamente como negativo. Ver como destaco ese “algo que se valora”, porque como veremos hay situaciones en que aquello valorado negativamente no tiene por qué ser necesariamente negativo. En ese sentido, más allá de la culpa por haber violado el pacto que Yahvé había establecido en relación a no tomar la fruta del árbol prohibido, pronto se nos hace sentir el sentimiento de culpa propio que invade a Adán y Eva, el malestar por haber roto la alianza establecida con Yahvé (sentimiento de culpa como sentimiento de traición).

 

Culpa y sentimiento de culpa no siempre van unidos. Pongo un ejemplo rápido y conocido. Un psicópata sabe lo que está bien y lo que está mal, pero cuando comete un acto, por atroz que sea, y aunque luego sea declarado culpable, no siente culpa. Dos ejemplos más, puedo saberme culpable, y ser declarado culpable de evadir impuestos, pero no por ello sentir exactamente culpa, más bien sentir el malestar o el dolor no lo es tanto por haber hecho algo mal como por haber sido descubierto. Algo parecido se observa, en ocasiones, con la infidelidad. La persona infiel, mientras no es descubierta (mientras no hay mirada culpabilizadora), no siente culpa.

 

Veamos que, en todos estos ejemplos, la culpa es declarada por violar una ley o pacto que define lo que está bien o está mal, lo correcto o lo incorrecto, y que sabemos que podemos ser declarados culpables por violar estas ciertas leyes o pactos, lo cual no significa que esta culpa sea sentida internamente.

 

En ese sentido, el sentimiento de culpa, al ser algo que nos concierne como una experiencia emocional interna, actúa también como un freno que impide cometer actos que pueden ser culpables, o declarados como culpables, pero como decía, y como veremos, esos actos que son valorados negativamente no tienen por qué ser negativos, o porque ser mirados desde un prisma rígido que define el bien y y el mal, o lo correcto e incorrecto, o que una ley no es necesariamente justa. Todos sabemos de casos históricos, algunos recientes, al respecto: la discriminación o segregación por género, la limitación de la libertad de expresión, temas relacionados con la libre consciencia personal (aborto, eutanasia), etcétera.

 

En todo caso, el sentimiento de culpa, como un sentimiento que nos hace sentir a través del dolor y el malestar si hacemos lo que está bien o está mal, actúa, en muchas ocasiones, como una fuerza que evita la posibilidad de cometer el acto culpable.

 

Y, en ese sentido, aunque en una dirección distinta, también es necesario incluir el castigo y el miedo al castigo.  El castigo, definido como una pena que se impone al que ha sido declarado culpable, tiene como objetivo compensar la falta cometida y, por otro lado, servir de ejemplo. En esta dirección, el castigo también tiene un sentido coercitivo. Evitar cometer actos definidos como culpables por miedo al castigo, y no tanto por un sentimiento de culpa genuino. En todo caso, el castigo y el miedo al castigo está para cuando el sentimiento de culpa es inexistente.

 

2. Culpa y sentimiento de culpa: remordimiento y arrepentimiento.

 

Veamos ahora dos reacciones en relación a la que llamaremos la culpa objetiva, es decir, a la comprensión cognitiva de que he obrado mal, y al sentimiento de culpa entendido, como ya hemos dicho, del dolor y malestar emocional producto de la consciencia de haber actuado mal, independientemente de si la culpa acarrea, o no, un castigo en el sentido más legal del término.

 

El complejo emocional ligado al sentimiento de culpa implica la consideración de distintas emociones y afectos con él relacionados. Así, y generalmente, el sentimiento de culpa viene acompañado de un posicionamiento que parte de distintos sentimientos como son el remordimiento y el arrepentimiento y la relación que estos mantienen con el castigo y el perdón, el amor y el odio y el deseo y el miedo.

 

El remordimiento (re-morder) une el pesar del sentimiento de culpa con el tormento de la repetición y la necesidad de castigo. En cierta manera, podemos considerar el remordimiento como el peor de los castigos, ya que parte de la necesidad de un castigo que redima el sentimiento de culpa, a la vez que nos viene a decir que no hay castigo suficiente para esa redención, es decir, que a través del castigo no obtendremos el perdón.

 

El remordimiento, ya sea más consciente, ya sea más inconsciente, implica conductas orientadas hacia el menosprecio y la humillación, la aceptación de maltrato, el no merecimiento, así como condutas autodestructivas. Un aspecto especialmente perverso del remordimiento, dado que genera una sensación de amargura en la vida, es que desde esa amargura orienta hacia la reincidencia de la culpa, con lo cual se reanuda el ciclo de sufrimiento.

 

Por el contrario, el arrepentimiento, aun partiendo del mismo pesar que el remordimiento, implica un cambio de comprensión (metanoa, palabra griega traducida por arrepentimiento, y que significa “cambio de mente”), una nueva perspectiva en el individuo que comporta no sólo la aceptación de la culpa y la necesidad de perdón, sino también un cambio de actitud.

 

A diferencia del remordimiento, el arrepentimiento se fundamenta en el desarrollo de la responsabilidad, la comprensión, la empatía y la compasión, teniendo como objetivo la reparación (y la auto-reparación) y que pide humildemente el perdón. Perdón al otro y, también, perdón hacia uno mismo. El arrepentimiento, como producto del desarrollo de la responsabilidad, la comprensión, la empatía y la compasión también implica un aprendizaje que permite el desarrollo del proceso de un cambio de actitud.

 

3. Culpa y sentimiento de culpa vinculado a creencias rígidas.

 

Junto a la transformación del remordimiento en arrepentimiento, la psicoterapia también trabaja con las culpas y sentimientos de culpa (generalmente de origen familiar, aunque también provenientes del entorno social) que tienen su origen en lo que llamamos introyectos o creencias rígidas, es decir, creencias sin matiz, de un carácter generalmente absolutista, que ejercen sobre el ser humano la generación de culpas y sentimientos de culpa injustos o inadecuados con el correspondiente sufrimiento y angustia que acarrean. Os pongo algunos ejemplos:

 

El chantaje emocional como una manera de forzar al otro a hacer lo que yo quiero, presentándome como víctima del daño que ejerce si no lo hace, y que trae como consecuencia, por ejemplo, dificultades en el manejo de los límites. La persona así manipulada siente que poner sus límites es hacer daño al otro, o la percepción de ser un egoísta por priorizar su necesidad, deseo o expectativa vital frente a la del otro.

 

Creencias rígidas como, por ejemplo “Ya descansarás cuando te mueras”, y que generan en la persona una sentimiento de culpa cuando no se mantiene en una actitud productiva, quedando entonces penalizado lo lúdico, lo placentero o el disfrute…

 

O, por poner otro ejemplo, “siempre te has de poner en lugar del otro”, lo cual tiene como consecuencia que la persona nunca está en su lugar: siempre es más importante lo de los demás que lo suyo. Suele descuidarse en nombre del cuidado de los demás, el sentimiento de que tenerse adecuadamente en cuenta es egoísta, etcétera.

 

- Juicios que implican creencias sobre el propio ser. Juicios del tipo “Tal como eres nadie te querrá”, o “serás un inútil”,  o “eres un desastre”. o “no harás nada de bueno en esta vida”, son ejemplos que inciden ya no en un tipo de conducta, sino sobre el ser en sí mismo, generando aquello que se denomina “culpa y verguenza de ser”, etc.

 

Y así podríamos ver más ejemplos de distinta índole.

 

En todo estos casos podemos afirmar que estas creencias rígidas sin matiz son generadoras de sentimientos de culpa injustos e inadecuados que tienen distintas consecuencias en los afectados. Veamos algunas de estas:

 

- Limitaciones vitales y existenciales. Este tipo de creencias implica limitaciones en el desarrollo de la propia vida, pues implican una dificultad en el manejo de las necesidades, los deseos y aspiraciones propias. No hace falta detallar mucho las limitaciones que implican los ejemplos mostrados.

 

Autocastigos. Es decir, castigos impuestos por uno mismo ante la percepción de un acto que genera el sentimiento de culpa: autohumillación, autodesprecio, criticas severas, las autolesiones, etcétera

 

Defensas contra el sentimiento de culpa y culpa paradójica. Otra consecuencia de este tipo de sentimientos de culpa es el desarrollo de defensas contra él. Este tema excede lo que el tiempo de esta ponencia nos permite, pero en todo caso si quiero manifestar que algunas de estas defensas suelen llevar a lo que yo llamo culpa paradójica, y a la que podemos definir como que para evitar el sentimiento de culpa asociado a ciertas acciones derivadas de estas creencias rígidas, acabamos realizando acciones que son objetivamente culpables. 

 

Pongo un ejemplo. Hay personas que cuando desean separarse de una relación afectiva aplazan esta decisión porque dicen que no quieren dañar a la persona de quien desean separarse. En ocasiones se oyen expresiones como “se lo diré cuando crea que no le haga daño”. Ante este aplazamiento de un deseo interrumpido por un sentimiento de culpa asociado al causar daño, de repente la persona que se halla en esta encrucijada empieza a buscar elementos (reales, otros  ficticios) que puedan justificar su acción, lo que, a su vez, le lleva desarrollar a actitudes negativas hacia el otro (frialdad, indiferencia, comportamientos desagradables). Como solemos decir los psicoterapeutas, por no asumir el dolor de una decisión generamos un sufrimiento crónico. A veces incluso estas actitudes se  orientan a llevar al otro al límite de que sea quien tome la decisión de separarse.

 

Nuestro trabajo, en todos estos casos, implica un proceso que yo especifico en mis clases a cuatro niveles:

 

1) Flexibilización cognitiva de estas creencias rígidas. Es decir, dotarlas del matiz que no tienen para el afectado, reestructurar lo rígido ampliando el abanico de posibilidades y respuestas posibles, así como mostrar las paradojas del cumplimiento de la creencia y el trato que nos deparan (actitudes internas despreciativas, humillantes, sádicas e incluso obscenas) y, finalmente, comprender las limitaciones que nos implican en la gestión de necesidades, deseos y expectativas.

 

2) Comprensión del malestar y dolor opuesto al del sentimiento de culpa, es decir, del malestar y el dolor que implica el sentimiento de limitación de, precisamente, no poder manejar las necesidades, deseos y expectativas vitales propias.

 

3) Distintas maneras de representar como este sentimiento de culpa nos obliga a vivir (trabajos corporales, trabajos simbólico-creativos, trabajo con sueños y fantasías, etcétera) 

 

4) Aprender a sostener el sentimiento de culpa. Todos los trabajos anteriormente citas no llevarán a la desaparición del sentimiento de culpa, pero si a una compresión de su injusticia e inadecuación, lo cual deriva en el desarrollo de la fuerza necesaria para sostener el sentimiento de culpa y evitar que dirija nuestras acciones limitativas. Sostener el sentimiento de culpa para, justamente, dar paso y expandir el derecho que también tienen nuestras necesidades, deseos y expectativas.


Auditori del Centre Social del Parc Sanitari de Sant Joan de Déu 

10/11/2022

© Jaume Cardona

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